Buscar

Asociaciones

Hot Issues de la EVA (Abril 2019)

computer-2242264_1920

La Asociación Europea de Vending y Servicio de Café (EVA) informa en su página web, en la sección Hot Issues, sobre los problemas legislativos clave que enfrenta la industria de la venta automática en estos momentos. Aquí les dejamos el resumen:

Diseño ecológico y etiquetado energético: La Comisión Europea publica las versiones finales de los Reglamentos

La Comisión Europea ha publicado el texto definitivo de los Reglamentos de la UE sobre diseño ecológico y etiquetado energético para máquinas expendedoras refrigeradas, a falta todavía de las posibles objeciones que puedan plantear el Parlamento y Consejo Europeos hasta el próximo 7 de junio. Su entrada en vigor se realizará en marzo de 2021, aunque todavía está pendiente de confirmación.

Entre los requisitos que figuran en los Reglamentos se incluye la prohibición de las máquinas vending refrigeradas menos eficientes en dos etapas, una en 2020 y otra en 2023, así como la introducción de una etiqueta oficial energética con una escala de la A a la G. Por los test realizados hasta el momento, se espera que las máquinas expendedoras que en la actualidad tienen un mejor rendimiento, en el futuro y tras la implementación de este nuevo sistema de etiquetado, formen parte solo de la clase C, por lo que la eficiencia energética aumentará considerablemente.

En cuanto al diseño ecológico, éste no requerirá únicamente unos objetivos mínimos de rendimiento energético, sino también otras cuestiones relacionadas con el diseño, las piezas de repuesto y el final de la vida útil de las máquinas/reciclaje.

Una vez que se lleve a cabo la aprobación final de los Reglamentos, la EVA lanzará una campaña de comunicación para garantizar que la industria esté al corriente de los cambios producidos.

Se retira el Protocolo de Medición de la Energía (Energy Measurement Protocol, EMP) 3.1a

El Comité Técnico de la EVA ha decidido retirar el EMP 3.1a (máquinas refrigeradas) como protocolo de la industria, y el próximo 8 de mayo se decidirá la fecha oficial de la retirada de este protocolo, en el marco de la reunión de la Asociación Europea de Fabricantes de Máquinas Vending (EVMMA), perteneciente a la EVA. En este sentido, se acordará una fecha a partir de la cual todas las referencias al EMP 3.1 deberán eliminarse de los sitios web, los folletos de las máquinas y todos los materiales de marketing.

Desde que a finales de 2015 se publicara la primera versión de la norma EN50597, existió un periodo de ‘ambigüedad’ en el cual el Comité Técnico de la EVA recomendó usar de manera simultánea tanto la norma EN50597 como su Protocolo de Medición de la Energía (Energy Measurement Protocol, EMP) 3.1a para medir el consumo de energía en las máquinas de vending refrigeradas. Hasta que se aprobó el nuevo Reglamento de Etiquetado Energético, el EMP continuó siendo el único protocolo ‘no oficial’ que comprendía una manera sencilla de comparar el rendimiento energético, a través de su escala energética.

Este uso simultáneo de ambos protocolos se creó exclusivamente para que fuera temporal hasta la aprobación de los Reglamentos de Etiquetado Energético y de Ecodiseño de la Unión Europea, estando previsto que durara solo unos pocos meses. Sin embargo, debido a la inesperada demora por parte de la Comisión Europea para finalizar la nueva legislación, este periodo de ‘ambigüedad’ ha durado más de lo contemplado en un inicio. Y, según anota la EVA, esta situación no puede durar más dentro del sector y más ahora que ya se conoce el texto definitivo de los Reglamentos de la UE en diseño ecológico y etiquetado energético, comentado más arriba.

La EVA publicará un comunicado oficial para ayudar a los fabricantes y operadores de vending a saber qué va a cambiar y por qué. 

Por otro lado, recordar que la versión 3.1b del EMP (máquinas de frío y calor) sigue vigente y continuará siéndolo, pues la información arriba proporcionada no se aplica al EMP 3.1b.

La Generalitat Valenciana crea un distintivo de alimentación saludable para máquinas expendedoras

La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat de Valencia, a través de la Dirección General de Salud Pública, ha creado un distintivo de alimentación saludable para las máquinas expendedoras de alimentos y bebidas (MEAB).

Las máquinas expendedoras que voluntariamente exhiban el distintivo ‘Alimentació Saludable’ garantizan que su oferta de alimentos cumple con los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto 84/2018, de 15 de junio, de fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros de la Generalitat

Según este decreto, en los centros y establecimientos de carácter educativo, sanitario y de servicios sociales de titularidad de la Administración de la Generalitat y en otros centros y establecimientos de dicha titularidad que cuenten con servicios de restauración colectiva o venta de alimentos y bebidas, solo se permitirá la ubicación, instalación y funcionamiento de MEAB que contengan productos envasados que cumplan los criterios nutricionales señalados

Entre estos criterios se encuentran: que la porción envasada no contenga más de 200 kilocalorías; que los productos no contengan ácidos grasos trans, excepto los presentes de forma natural en productos cárnicos y lácteos; o que contengan un máximo de 0,5 gramos de sal (0,2 gramos de sodio). 

Como novedad, la EVA ha publicado en su canal de Youtube un vídeo en el que David Irvine, director de Comunicación y Relaciones Públicas de la asociación, resume los Hot Issues de este mes de abril.

Recordar que los miembros de EVA pueden iniciar sesión en la página web de la entidad y consultar el boletín completo con más detalles y artículos.

Compartir en :