Nueva medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal
El 10 de julio de 2021 se publicó en el BOE la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, que, entre otras reformas tributarias de gran alcance, exige adecuar los programas de contabilidad y facturación. Este pasado 28 de noviembre entraba en vigor.
La información relativa a esta nueva obligación, queda recogida en el apartado ‘j’ del artículo 29 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria (LGT):
“La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos. Reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir dichos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad.”
Ver la Ley 11/2021 completa a través del BOE