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Vending, OCS y Horeca

Las cajetillas de tabaco contarán con un Identificador Único para su seguimiento

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El sector del tabaco español cumple desde el pasado 20 de mayo con las nuevas obligaciones de seguimiento y trazabilidad derivadas de la Directiva europea en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del Tabaco, gracias a la estrecha colaboración de los fabricantes y distribuidores con el Comisionado para el Mercado de Tabacos (CMT) y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

De esta forma, las cajetillas y los envases de picadura para liar producidos a partir de esta fecha cambian su apariencia, con la incorporación de nuevas marcas fiscales y un Identificador Único que facilitará su seguimiento, según informa en un comunicado la Mesa del Tabaco, una agrupación que representa a la totalidad del sector español del tabaco: agricultores, transformadores, industria, mayoristas, fabricantes de máquinas expendedoras, estancos, la CEOE y las federaciones industriales y agroalimentarias de UGT y CC.OO.

A pesar de ello, hasta el 20 de mayo de 2020 convivirán en el mercado tanto los nuevos envases como aquellos producidos con anterioridad a la fecha de entrada de los nuevos requerimientos de trazabilidad y de la citada obligación legal. Las nuevas marcas fiscales cumplen además con la exigencia de que los envases de productos del tabaco cuenten con una medida de seguridad que sea visible, indeleble e inamovible, permitiendo identificar que el producto es auténtico. Como novedad, las etiquetas fiscales se incorporan también a los envases de picadura para liar y cambian su posición habitual en las cajetillas rígidas de cigarrillos, debido a la obligatoriedad de que las advertencias sanitarias ubicadas en el frontal y trasera estén en la parte superior.

Identificador Único

Por su parte, el Identificador Único (un código alfanumérico) irá ubicado en un recuadro negro en la parte inferior de las cajetillas y en posiciones variables en los demás productos del tabaco.

Este Identificador Único es unívoco a cada unidad de producto y permite la identificación individual de cada envase a lo largo de toda la cadena de suministro, desde el momento de fabricación hasta su puesta en el mercado. Esto es posible gracias a la agregación, que relaciona cada cajetilla con el siguiente envase de mayor tamaño, de forma sucesiva (cartón, cajón, palet, etc.).

Los fabricantes tienen que solicitar, en el caso de España a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), los Identificadores Únicos acordes a sus estimaciones de producción. Toda la información asociada a cada código se incorpora de forma automática y mediante sucesivas agregaciones a un Repositorio Primario (base de datos) independiente para cada fabricante, que a su vez se trasladada al Repositorio Secundario, controlado por la Comisión Europea. En ningún caso, los fabricantes tienen acceso al sistema, que ha sido desarrollado por proveedores independientes y cuenta con la aprobación de las autoridades comunitarias.

Este sistema de seguimiento y trazabilidad está diseñado para el control del flujo legal del mercado del tabaco por parte de la Administración, entre otros de los cuerpos y fuerzas de seguridad de los Estados miembro, que podrán verificar con las herramientas correspondientes si todo está correcto.

“Para el sector del tabaco, la adaptación a las nuevas obligaciones de trazabilidad ha supuesto un importante esfuerzo tecnológico y económico, que ha implicado nuevos desarrollos e inversiones. En el caso de los fabricantes, les ha obligado a cambiar sus sistemas de producción para facilitar la impresión y lectura de los Identificadores Únicos”, anotan desde la Mesa del Tabaco.

Máquinas expendedoras

Las nuevas exigencias han tenido también un gran impacto en la distribución mayorista y minorista. En el caso de España, son especialmente relevantes las obligaciones que, a partir del 1 de octubre, atañen a aquellos estanqueros que suministran a máquinas expendedoras de tabaco. Este tipo de expendedoras son consideradas operadores económicos y se les imponen las mismas obligaciones que a un distribuidor mayorista de tabaco. Desde la Administración, a través de un proyecto liderado por el Comisionado para el Mercado de Tabaco en colaboración con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, también se ha trabajado a contrarreloj para facilitar la implementación del sistema.

Fechas clave

20 mayo 2019: Entrada en vigor de la obligación de trazabilidad para cigarrillos y picadura para liar.

1 octubre 2019: Fecha límite para que los estanqueros que provean de producto a máquinas expendedoras asignadas se adapten al sistema.

20 mayo 2020: Fecha límite para comercializar cigarrillos y picadura para liar sin Identificador Único.

20 mayo 2024: Entra en vigor la obligación de trazabilidad para el resto de productos del tabaco.

20 mayo 2026: Fecha límite para comercializar el resto de productos sin identificador único.

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