Entrada en vigor de los nuevos requisitos de marcado para los vasos de plástico de un solo uso
Este sábado, 3 de julio, entra en vigor la propuesta que presentó la Comisión de la Unión Europea sobre los requisitos de marcado para vasos de bebidas, según la Directiva de plásticos de un solo uso (SUPD) de la Unión Europea y el Reglamento de ejecución (UE) 2020/2151, que fueron aprobados el pasado 17 de diciembre y que será de obligatorio cumplimiento en todos los Estados miembros.
Según el Reglamento, se establecen requisitos generales sobre el marcado de determinados productos de plástico de un solo uso que con frecuencia se eliminan de forma inadecuada. El marcado debe informar a los consumidores sobre la presencia de plástico en el producto; de los medios de eliminación de residuos que deben evitarse para ese producto, y del consiguiente impacto medioambiental negativo de los vertidos de basura dispersa o de otros medios inadecuados de eliminación de residuos del producto en el medio ambiente.
Así pues, a partir de este sábado, todos los vasos que contengan plástico en su composición deberán estar identificados aunque, debido al corto período de tiempo para comprar máquinas de impresión o estampado adicionales, hasta julio de 2022 se podrán colocar etiquetas adhesivas temporales en la postproducción, pese a que no es una opción para los vasos que contengan bebidas calientes.
La Comisión ya ha indicado que las existencias actuales podrán ser vendidas a los distribuidores antes del 3 de julio siempre y cuando, tanto el fabricante como el distribuidor sean del mismo Estado miembro y el producto no salga del mismo.
Os invitamos a leer el artículo publicado en el número 178 de Mundo Vending donde encontrareis todas las especificaciones armonizadas del marcado de los vasos para bebidas.